En la actualidad en Colombia es permitido legalmente auto cultivar hasta 20 plantas de cannabis psicoactivo o no psicoactivo, Los colombianos han conseguido que se tengan en cuenta las necesidades de los auto cultivadores y consumidores de cannabis, y la norma de auto cultivo les permitirá plantar hasta 20 plantas de marihuana sin necesidad de licencia ni registro alguno.
Siguiendo en esta línea, se ha tenido en consideración el consumo plural de los auto cultivadores, y es por eso que los consumidores que cultiven plantas exclusivamente para consumo propio podrán obtener hasta un máximo de 10 gramos diarios de cannabis, un logro que se acerca a lo establecido en las bases de regulación responsable.
Según el decreto 2467 emitido por el Ministerio de Salud y Protección social el 22 de diciembre de 2015, define el auto cultivo de la siguiente manera:
Que es auto cultivo: actividad que da lugar a una pluralidad de plantas de cannabis en número no superior a veinte (20) unidades, de las que pueden extraerse estupefacientes o psicotrópicos y que se destina exclusivamente al uso personal, para lo cual no se requerirá licencia de cultivo. Atendiendo lo anterior se liberan muchas cargas por parte de la comunidad cannabica medicinal que tenían que esconderse para adquirir su medicina natural.